El Congreso nacional se prepara para debatir el proyecto de Ley de reforma laboral que lleva la firma del presidente Javier Milei y que toca temas sensibles como despidos, vacaciones y extensión de la jornada laboral, entre otros.
Entre los puntos están la creación de algunos nuevos instrumentos como el banco de horas y el fondo de cese laboral. Desde el gobierno afirman que es para “actualizar el modelo laboral argentino, reducir litigiosidad y adecuar los procesos productivos a las nuevas dinámicas del empleo”.
Uno de los ejes que plantea la reforma laboral es el de las vacaciones. En ese sentido, el proyecto establece la posibilidad de fraccionar las vacaciones, pero cada tramo no podrá ser menor a siete días corridos.
También establece que al menos una vez cada tres años, el empleador deberá permitir que el trabajador tome sus vacaciones durante el verano; la obligación al empleador de notificar la fecha con al menos 30 días de anticipación; que el período de licencia anual deberá otorgarse entre 1 de octubre y 30 de abril; y que si el trabajador se enferma durante sus vacaciones, el empleador está obligado a reprogramar el saldo pendiente.
Banco de horas e indemnización
Dentro de los puntos centrales también se encuentra la creación de un Banco de Horas: Esto permite que cuando haya picos de producción se compensen con menos carga en otros períodos.
Esto deberá darse tras un acuerdo entre el trabajador y el empleador y se trata de la posibilidad de trabajar más horas en algunas jornadas y compensarlas en otras. Esto contempla los descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y 35 horas de descanso semanal.
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Respecto de los despidos, el proyecto de reforma laboral establece la autorización para sustituir el modelo único de indemnización por la creación de fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados con aportes mensuales patronales.
Un punto central es que para calcular la indemnización se tomará en cuenta el salario y la antigüedad, pero no los pagos extraordinarios y gratificaciones habituales como vacaciones y aguinaldos. Asimismo, queda sujeta a un tope máximo equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable y nunca podrá ser inferior a un sueldo completo.
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¿Qué pasará con los convenios colectivos?
La reforma laboral también busca legislar sobre los convenios colectivos, uno de los puntos que más llamó la atención. Dentro de este ítem, se propone limitar la "ultraactividad", es decir, que al vencer un convenio, solo se mantienen vigentes las cláusulas normativas (condiciones de trabajo). Las obligacionales solo continúan si las partes lo acuerdan.
Además, otro eje trascendental, es que los convenios particulares pueden prevalecer sobre los de ámbito mayor, incluso si estos últimos son posteriores. También se exigen criterios más estrictos en la homologación, vinculados al respeto por el orden público laboral. Esto podría limitar el derecho a la protesta.
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Dentro de los objetivos también está la modificación del trabajo de los servicios considerados esenciales. Si se aprueba la iniciativa, se deberá garantizar el 75 por ciento de servicios mínimos en sectores críticos y el 50 por ciento en ramas estratégicas, como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital.
