Dólares del colchón: el límite de ARCA con la introducción de la "Presunción de Inocencia Fiscal"

El gobierno busca aprobar una nueva ley para que los argentinos usen sus ahorros adquiridos "fuera del sistema". 

17 de diciembre, 2025 | 04.10

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció una nueva medida, el “Principio de Inocencia Fiscal”, el cual tiene como objetivo que los argentinos utilicen los dólares que tienen "debajo del colchón".

Este proyecto de Ley sería tratado este miércoles junto al Presupuesto 2026 y según el gobierno, busca simplificar el sistema tributario para que las personas usen divisas que tienen sin declarar.

“El proyecto propone un cambio profundo en la relación entre el Estado y los contribuyentes. Su eje central es abandonar el esquema presuntivo y punitivo que trataba a los ciudadanos como potenciales evasores, para reemplazarlo por un régimen en el cual rige la presunción de inocencia”, señala el informe que publicó el Consejo de Mayo.

Esto está dentro del “Plan de Reparación Histórica de los ahorros de los argentinos”, presentado por el presidente Javier Milei, el cual busca incentivar a los argentinos a volcar sus ahorros en la economía.

En los últimos tiempos creció la compra de dólares por fuera del sistema y desde ARCA proponen que el contribuyente sea considerado inocente hasta que el fisco demuestre lo contrario.

En ese sentido, lo que la ex AFIP cree que si se implementan menos controles, las personas y las pymes se volcarán a usar los dólares ahorrados durante los últimos años para hacer transacciones y operaciones corrientes.

Los detalles del proyecto de Principio de Inocencia Fiscal

Este proyecto contempla modificaciones en el Régimen Penal Tributario y una simplificación del Procedimiento Tributario. Al respecto, se modificarán los montos mínimos que determinan la configuración de delitos tributarios:

  • Evasión simple: el umbral pasaría de $ 1,5 millones a $ 100 millones. Se trata de una modificación que afecta al primer párrafo del artículo 1° del Régimen Penal Tributario.
  • Evasión agravada: el umbral pasaría de $ 15 millones a $ 1.000 millones. Se trata una modificación que afecta al inciso a) del artículo 2° del Régimen Penal Tributario.
  • Facturas apócrifas: el umbral pasaría de $ 1,5 millones a $ 100 millones. Se trata de una modificación que afectaría al inciso d) del artículo 2° del Régimen Penal Tributario.

Además, se introduce un mecanismo de extinción de la acción penal mediante el pago íntegro de las deudas e intereses o, en caso de haberse iniciado el proceso penal, mediante el pago adicional del 50 % del monto adeudado dentro de los treinta días hábiles posteriores a la imputación.

También aborda una serie de cambios en los procedimientos fiscales y los plazos de prescripción tributaria y realizaría las siguientes modificaciones:

Multas: se actualizan los montos (por ejemplo, de $ 200 a $ 220.000 y de $ 400 a $ 440.000).
Prescripción General: (contribuyentes inscriptos): cinco años.
Prescripción Reducida: (contribuyentes inscriptos): tres años si la declaración es presentada en término y sin discrepancias significativas.
Prescripción para no inscriptos: diez años.

Por último, al transparentar la declaración jurada de bienes en Ganancias, el contribuyente será beneficiado con un “efecto liberatorio” de pago y esclarece que se le otorgará al contribuyente la “presunción de exactitud“ de las declaraciones juradas presentadas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado [IVA] correspondientes a los períodos no prescriptos.