Chaco: pese a una orden judicial, denuncian que Zdero no garantiza la atención sanitaria para 11 chicos con patologías graves

El Superior Tribunal ordenó garantizar la atención, pero las familias aseguran que el INSSSEP sigue sin responder. Advierten una grave situación institucional por el incumplimiento en un contexto de riesgo para la salud.

08 de abril, 2026 | 18.45

Pese a que el Superior Tribunal de Justicia provincial intimó a la obra social del Chaco, desfinanciada por el gobernador Leandro Zdero, familiares de 11 niños con patologías complejas aseguran que el INSSSEP continúa sin dar respuesta. El Destape se contactó con el Gobierno chaqueño pero no hubo respuesta al momento del cierre de esta nota.

A través de una resolución firmada el 26 de marzo, el máximo tribunal provincial -compuesto por Víctor del Río, Iride Grillo, Alberto Mario Modi, Emilia Valle y Enrique Varela- ordenó garantizar la atención médica, respetar los equipos tratantes y priorizar el interés superior del niño por sobre cualquier cuestión administrativa o presupuestaria. A pesar de la contundencia de la sentencia, la obra social estatal no habría acatado la decisión, lo que configura, según denuncian, un caso de no respetar a la Justicia en un tema crítico como la salud. 

Desde las familias advirtieron que el incumplimiento agrava los cuadros clínicos y expone a riesgos irreversibles, lo que incrementa la urgencia de una respuesta estatal. El conflicto revela un escenario de alta tensión entre la Justicia y el Ejecutivo provincial, con consecuencias directas sobre niños, niñas y adolescentes con enfermedades complejas.

Además lo consideran como una situación de extrema gravedad institucional, ya que implica desconocer una orden judicial en un contexto donde la vida de los pacientes está en riesgo.

Cuestionamientos a la gestión provincial

El caso pone en el centro de la escena la responsabilidad del mandatario Leandro Zdero, al que acusan de una actitud que califican como un gobierno cuestionable frente a sectores en situación de vulnerabilidad. Desde las familias remarcaron que no se trata de un reclamo extraordinario, sino del cumplimiento de derechos básicos. "No pedimos privilegios. Pedimos que se cumpla la ley y que se proteja la vida de nuestros hijos", señalaron.

Niños sin tratamiento y familias en emergencia

En diálogo con El Destape, la madre de uno de los niños, Carolina Giggisberg, relató la difícil situación que viven: "Somos 11 familias con patologías complejas y varios de ellos están en riesgo su vida, entre eso mi hijo. Necesitan continuar su tratamiento en el Hospital Italiano con sus médicos tratantes. Estamos hablando de niños con patologías complejas".

Giggisberg explicó que el fallo ordenó garantizar los tratamientos, pero el problema es que "el fallo no se cumple y eso es lo más grave, porque no es solamente un problema administrativo, sino que es una desobediencia".

En ese marco, explicó que el abogado Ferreira, representante de las familias, presentó un escrito ante la justicia por "desobediencia y por una extrema gravedad, y solicitó una medida urgente", y lamentó: "Hasta ahora no tenemos respuestas. Lamentablemente hay chicos que están con riesgo de vida. Uno de esos es mi hijo, por eso estamos en este momento en Buenos Aires y no podemos volver al Chaco porque tiene una patología muy compleja. Los mismos médicos del Hospital Italiano nos están asistiendo. Tal es así que el sábado tuve una urgencia grave con mi hijo".

Por lo pronto, las familias continuarán con la disputa judicial y exigirán que los derechos de los once chicos sean respetados. Además, buscarán que el gobernador Zdero se responsabilice de la situación y brinde una respuesta que, al menos en esta oportunidad, de alivio a los más vulnerables y que más necesitan un Estado presente. 

Los antecedentes del incumplimiento

El Gobierno de la provincia del Chaco y el InSSSeP habían sido condenados en el 2024 a suministrar un neuroestimulador y autorizar la cirugía correspondiente para una afiliada con dolor neuropático crónico, tras un fallo de la Jueza Ana Karina Yagas. La medida judicial surgió luego de que la paciente, quien padecía esta condición como secuela de un cáncer de riñón, esperara más de diez meses una respuesta de la obra social.

La sentencia del 31 de diciembre pasado exigió el cumplimiento de la prestación en un plazo de 48 horas, lo que estableció la cobertura total del tratamiento ante la falta de eficacia de las terapias farmacológicas previas indicadas en la Fundación Favaloro. En los fundamentos de su decisión, la magistrada subrayó que el derecho a la salud está intrínsecamente ligado al derecho a la vida, lo que impone a las obras sociales una obligación de garantía impostergable y también rechazó los intentos del Estado provincial por deslindar su responsabilidad, además de ratificar la solidaridad legal entre la Provincia y el Instituto en la cobertura de estas prestaciones de alta complejidad.